Sí a la Constitución europea

CARLOS CARNERO. Eurodiputado socialista, miembro de la Comisión de Asuntos Constitucionales del Parlamento Europeo y de la Convención Europea. Publicado en Iniciativa Socialista número 73, otoño 2004

El pasado 18 de junio los jefes de Estado y de Gobierno de los 25 países miembros de la Unión Europea y aprobaron la primera, que no “la nueva”, Constitución Europea.
La Constitución representa un extraordinario paso adelante en el proceso de construcción europea. Una vez en vigor, situará a la Unión en condiciones afrontar los principales retos de futuro, como el gobierno de la globalización, la construcción de un nuevo orden internacional justo y democrático y dar una respuesta adecuada a las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía europea.
Recupera el impulso que representó hace más de una década el Tratado de Maastricht -con la introducción del euro y del concepto de ciudadanía europea-, supera las enormes insuficiencias del Tratado de Niza -que condenaba al proceso de construcción europea a la parálisis a corto plazo-, hace realidad el binomio profundización-ampliación, sin el que la Unión se hubiera visto empujada a convertirse en una mera zona de libre cambio, y avanza decididamente hacia la culminación de la unión política, reforzando el contenido de la ciudadanía europea.
La Constitución Europea es una auténtica constitución ciudadana; con ella, la Unión será más democrática y más eficaz. Precisamente por eso,  representa una victoria política del europeísmo, de la visión de Europa como  una construcción política que debe actuar como un poder global relevante y que está basada en un modelo social propio y avanzado.

Entre los múltiples aspectos positivos de la Constitución, podemos destacar los siguientes:

- su mismo carácter constitucional,
- confirma la orientación federal de la Unión y su doble legitimidad, procedente de los ciudadanos y los Estados,
- los valores y los objetivos esenciales de la Unión se sitúan en un nivel progresista, superior al presente en muchas constituciones de los estados miembros; incluyendo la paz, la libertad, la democracia, los derechos humanos, la igualdad, la igualdad entre la mujer y el hombre, la justicia, la solidaridad, la economía social de mercado, el pleno empleo, el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente, la no-discriminación y la erradicación de la pobreza,
- se otorga a la Unión personalidad jurídica propia, poniendo fin a la estructura de pilares y simplificando los instrumentos legislativos y su denominación: a partir de ahora tendremos leyes europeas y leyes marco europeas,
- la Carta de Derechos Fundamentales se integra en la Constitución, adquiriendo carácter jurídicamente vinculante,
- las competencias de la Unión se organizan a través de un sistema flexible y progresivo, sin un catálogo rígido, incrementándose sustancialmente en los terrenos de la acción exterior, la defensa, el espacio de libertad, seguridad y justicia y mejorándose en lo relacionado con la Europa social,
- se reafirma la centralidad del principio, el objetivo y la política de cohesión económica, social y territorial, manteniéndose el estatuto de las regiones ultraperiféricas,
- se democratiza la elaboración y la adopción de las leyes de la Unión Europea al establecerse como norma general el procedimiento legislativo, hoy llamado codecisión, por el que deciden conjuntamente el Parlamento Europeo y el Consejo,
- se extiende a un mayor número de asuntos la toma de decisiones por mayoría cualificada en el Consejo (definida a través del doble criterio de población y número de estados, en consonancia con la doble legitimidad de la Unión), reduciendo con ello la presencia de la paralizante unanimidad,
- se amplían los terrenos en los que estará contemplada como posibilidad la puesta en marcha de integraciones o cooperaciones reforzadas,
- se clarifica la división y el equilibrio de poderes en el seno de la Unión, a través de un legislativo bicameral formado por el Consejo y el Parlamento Europeo, consolidándose la Comisión Europea como “gobierno” de la Unión, aumentándose la legitimidad democrática en la elección de su Presidente y creándose figuras que contribuirán a la eficacia, continuidad y visibilidad de las decisiones comunitarias, como el Presidente del Consejo Europeo y el Ministro de Asuntos Exteriores.
- se incluye el concepto de democracia participativa, se estructura el diálogo social y con la sociedad civil y se introduce la iniciativa legislativa popular europea,
- se incrementa el papel de las regiones,
- se aumenta la participación de los parlamentos nacionales en el proceso de toma de decisiones de la Unión, sin debilitar con ello el método comunitario, lo que significa un mayor control democrático y ciudadano,
- se institucionaliza de la Convención como instrumento en el proceso de reforma constitucional.

Como toda Constitución, la europea establece un espacio político, un ámbito de derechos, un marco jurídico y una arquitectura institucional en los que la voluntad ciudadana, expresada en las urnas, marcará en cada momento las mayorías que, en este caso, desde el Parlamento Europeo, el Consejo (formado por los gobiernos de los estados miembros) y la Comisión vayan marcando su propia aplicación y desarrollo. La Constitución tendrá que ser aplicada y desarrollada ambiciosamente, e incluso reformada, para perfeccionarla y profundizarla en asuntos especialmente relevantes, como:

- el gobierno económico, la política social y del empleo,
- la utilización de la mayoría cualificada para la toma de decisiones, sin excepción, en todos los ámbitos de la Política Exterior y de Seguridad Común, la política social, la armonización fiscal y la no discriminación,
- la extensión de la ciudadanía europea a los nacionales procedentes de terceros países con residencia estable y duradera en un país miembro,
- el establecimiento de recursos propios y la adopción de las Perspectivas Financieras a través del procedimiento legislativo,
-la modificación de los procedimientos de ratificación y reforma de la Constitución, aumentando el papel del PE en los mismos y evitando la unanimidad de los estados miembros.

Pero la aprobación y entrada en vigor de la Constitución Europea es condición necesaria para su propia mejora. Su rechazo no abriría un nuevo proceso constituyente del que pudiera salir una ley perfecta, sino que cerraría la perspectiva constitucional y dejaría en pleno funcionamiento el justamente criticado el Tratado de Niza. Su no ratificación perjudicaría directamente a la ciudadanía de la Unión porque llevaría el proceso de construcción europea a la parálisis, estableciendo la primacía del mercado sobres los valores y objetivos del modelo social europeo, impidiendo la actuación comunitaria autónoma en la escena internacional y manteniendo el déficit democrático. Sería un verdadero desastre para los europeístas y la mayor victoria imaginable para los euroescépticos y los antieuropeos.
España sale muy bien parada en sus intereses específicos con la Constitución aprobada en la Conferencia Intergubernamental. En primer lugar, porque ha recuperado su papel de motor europeísta en la Unión al haber sido su Gobierno socialista uno de los principales impulsotes del acuerdo sobre la Carta Magna comunitaria, lo que certifica la recuperación del papel central de España en la Unión y refuerza su capacidad negociadora en discusiones fundamentales futuras, tales como la relativa a las Perspectivas Financieras. En segundo lugar, porque asuntos tan trascendentales como el principio, la política y los objetivos de la cohesión económica, social y territorial, el estatuto de las regiones ultraperiféricas y el incremento de las competencias en el espacio de libertad, seguridad y justicia -temas todos ellos, entre otros, que nos interesan muy directamente- quedan perfectamente recogidos en el texto constitucional. Y en tercer lugar, porque la presencia institucional de nuestro país se asegura muy aceptablemente a través de la definición de la mayoría cualificada y las referencias a la Comisión y al Parlamento Europeo contenidas en la Constitución.
La importancia de la Constitución Europea demanda que las ciudadanas y los ciudadanos se pronuncien sobre ella en referéndum. Queremos que la ciudadanía se informe, debata y vote masivamente sí a la Constitución de la Unión, convirtiendo históricamente a España en el primer país que respalde la primera Constitución de la Unión. Hay que aprovechar la oportunidad del referéndum para, cumpliendo con uno de los objetivos fundamentales de la Constitución, acercar Europa a las ciudadanas y los ciudadanos.