Sí a la Constitución europea
CARLOS CARNERO. Eurodiputado
socialista, miembro de la Comisión de Asuntos Constitucionales del
Parlamento Europeo y de la Convención Europea. Publicado en Iniciativa
Socialista número 73, otoño 2004
El pasado 18 de junio los jefes de Estado y de Gobierno de los 25 países
miembros de la Unión Europea y aprobaron la primera, que no “la nueva”,
Constitución Europea.
La Constitución representa un extraordinario paso adelante en el
proceso de construcción europea. Una vez en vigor, situará a
la Unión en condiciones afrontar los principales retos de futuro, como
el gobierno de la globalización, la construcción de un nuevo
orden internacional justo y democrático y dar una respuesta adecuada
a las aspiraciones y necesidades de la ciudadanía europea.
Recupera el impulso que representó hace más de una década
el Tratado de Maastricht -con la introducción del euro y del concepto
de ciudadanía europea-, supera las enormes insuficiencias del Tratado
de Niza -que condenaba al proceso de construcción europea a la parálisis
a corto plazo-, hace realidad el binomio profundización-ampliación,
sin el que la Unión se hubiera visto empujada a convertirse en una
mera zona de libre cambio, y avanza decididamente hacia la culminación
de la unión política, reforzando el contenido de la ciudadanía
europea.
La Constitución Europea es una auténtica constitución
ciudadana; con ella, la Unión será más democrática
y más eficaz. Precisamente por eso, representa una victoria
política del europeísmo, de la visión de Europa como
una construcción política que debe actuar como un poder global
relevante y que está basada en un modelo social propio y avanzado.
Entre los múltiples aspectos positivos de la Constitución,
podemos destacar los siguientes:
- su mismo carácter constitucional,
- confirma la orientación federal de la Unión y su doble
legitimidad, procedente de los ciudadanos y los Estados,
- los valores y los objetivos esenciales de la Unión se sitúan
en un nivel progresista, superior al presente en muchas constituciones de
los estados miembros; incluyendo la paz, la libertad, la democracia, los
derechos humanos, la igualdad, la igualdad entre la mujer y el hombre, la
justicia, la solidaridad, la economía social de mercado, el pleno
empleo, el desarrollo sostenible, la protección del medio ambiente,
la no-discriminación y la erradicación de la pobreza,
- se otorga a la Unión personalidad jurídica propia, poniendo
fin a la estructura de pilares y simplificando los instrumentos legislativos
y su denominación: a partir de ahora tendremos leyes europeas y leyes
marco europeas,
- la Carta de Derechos Fundamentales se integra en la Constitución,
adquiriendo carácter jurídicamente vinculante,
- las competencias de la Unión se organizan a través de un
sistema flexible y progresivo, sin un catálogo rígido, incrementándose
sustancialmente en los terrenos de la acción exterior, la defensa,
el espacio de libertad, seguridad y justicia y mejorándose en lo
relacionado con la Europa social,
- se reafirma la centralidad del principio, el objetivo y la política
de cohesión económica, social y territorial, manteniéndose
el estatuto de las regiones ultraperiféricas,
- se democratiza la elaboración y la adopción de las leyes
de la Unión Europea al establecerse como norma general el procedimiento
legislativo, hoy llamado codecisión, por el que deciden conjuntamente
el Parlamento Europeo y el Consejo,
- se extiende a un mayor número de asuntos la toma de decisiones
por mayoría cualificada en el Consejo (definida a través del
doble criterio de población y número de estados, en consonancia
con la doble legitimidad de la Unión), reduciendo con ello la presencia
de la paralizante unanimidad,
- se amplían los terrenos en los que estará contemplada como
posibilidad la puesta en marcha de integraciones o cooperaciones reforzadas,
- se clarifica la división y el equilibrio de poderes en el seno
de la Unión, a través de un legislativo bicameral formado por
el Consejo y el Parlamento Europeo, consolidándose la Comisión
Europea como “gobierno” de la Unión, aumentándose la legitimidad
democrática en la elección de su Presidente y creándose
figuras que contribuirán a la eficacia, continuidad y visibilidad
de las decisiones comunitarias, como el Presidente del Consejo Europeo y
el Ministro de Asuntos Exteriores.
- se incluye el concepto de democracia participativa, se estructura el
diálogo social y con la sociedad civil y se introduce la iniciativa
legislativa popular europea,
- se incrementa el papel de las regiones,
- se aumenta la participación de los parlamentos nacionales en el
proceso de toma de decisiones de la Unión, sin debilitar con ello
el método comunitario, lo que significa un mayor control democrático
y ciudadano,
- se institucionaliza de la Convención como instrumento en el proceso
de reforma constitucional.
Como toda Constitución, la europea establece un espacio político,
un ámbito de derechos, un marco jurídico y una arquitectura
institucional en los que la voluntad ciudadana, expresada en las urnas,
marcará en cada momento las mayorías que, en este caso, desde
el Parlamento Europeo, el Consejo (formado por los gobiernos de los estados
miembros) y la Comisión vayan marcando su propia aplicación
y desarrollo. La Constitución tendrá que ser aplicada y desarrollada
ambiciosamente, e incluso reformada, para perfeccionarla y profundizarla
en asuntos especialmente relevantes, como:
- el gobierno económico, la política social y del empleo,
- la utilización de la mayoría cualificada para la toma de
decisiones, sin excepción, en todos los ámbitos de la Política
Exterior y de Seguridad Común, la política social, la armonización
fiscal y la no discriminación,
- la extensión de la ciudadanía europea a los nacionales
procedentes de terceros países con residencia estable y duradera
en un país miembro,
- el establecimiento de recursos propios y la adopción de las Perspectivas
Financieras a través del procedimiento legislativo,
-la modificación de los procedimientos de ratificación y
reforma de la Constitución, aumentando el papel del PE en los mismos
y evitando la unanimidad de los estados miembros.
Pero la aprobación y entrada en vigor de la Constitución
Europea es condición necesaria para su propia mejora. Su rechazo
no abriría un nuevo proceso constituyente del que pudiera salir una
ley perfecta, sino que cerraría la perspectiva constitucional y dejaría
en pleno funcionamiento el justamente criticado el Tratado de Niza. Su no
ratificación perjudicaría directamente a la ciudadanía
de la Unión porque llevaría el proceso de construcción
europea a la parálisis, estableciendo la primacía del mercado
sobres los valores y objetivos del modelo social europeo, impidiendo la
actuación comunitaria autónoma en la escena internacional
y manteniendo el déficit democrático. Sería un verdadero
desastre para los europeístas y la mayor victoria imaginable para
los euroescépticos y los antieuropeos.
España sale muy bien parada en sus intereses específicos
con la Constitución aprobada en la Conferencia Intergubernamental.
En primer lugar, porque ha recuperado su papel de motor europeísta
en la Unión al haber sido su Gobierno socialista uno de los principales
impulsotes del acuerdo sobre la Carta Magna comunitaria, lo que certifica
la recuperación del papel central de España en la Unión
y refuerza su capacidad negociadora en discusiones fundamentales futuras,
tales como la relativa a las Perspectivas Financieras. En segundo lugar,
porque asuntos tan trascendentales como el principio, la política
y los objetivos de la cohesión económica, social y territorial,
el estatuto de las regiones ultraperiféricas y el incremento de las
competencias en el espacio de libertad, seguridad y justicia -temas todos
ellos, entre otros, que nos interesan muy directamente- quedan perfectamente
recogidos en el texto constitucional. Y en tercer lugar, porque la presencia
institucional de nuestro país se asegura muy aceptablemente a través
de la definición de la mayoría cualificada y las referencias
a la Comisión y al Parlamento Europeo contenidas en la Constitución.
La importancia de la Constitución Europea demanda que las ciudadanas
y los ciudadanos se pronuncien sobre ella en referéndum. Queremos
que la ciudadanía se informe, debata y vote masivamente sí
a la Constitución de la Unión, convirtiendo históricamente
a España en el primer país que respalde la primera Constitución
de la Unión. Hay que aprovechar la oportunidad del referéndum
para, cumpliendo con uno de los objetivos fundamentales de la Constitución,
acercar Europa a las ciudadanas y los ciudadanos.