Benjamín Forcano
Ley de matrimonios homosexuales y objeción de conciencia
Benjamín Forcano es teólogo y sacerdote. Agradecemos al
autor su autorización para publicar este artículo, que, una
vez más, evidencia que desde creencias o increencias diversas, e incluso
desde razonamientos distintos, se puede llegar en muchas ocasiones a conclusiones
éticas y políticas similares, sobre las que pueden forjarse
alianzas y convergencias por un mundo más libre, más democrático
y más justo. Iniciativa
Socialista nº 76, verano 2005.
No seré yo quien niegue el derecho de la conciencia a disentir de
una ley, si para ello tiene motivos; pero tampoco voy a caer en el engaño
de ensalzar la conciencia como si ella fuera la fuente de la moralidad. Me
disgusta el antagonismo que, a propósito de este “proyecto de ley”,
se establece entre ley y conciencia, entre conciencia y poder político
legislativo. Tal antagonismo está basado en una concepción,
a mi modo de ver, inexacta de lo que es la ley y la conciencia.
Las leyes, para que sean válidas y vinculantes, tienen que contener
y promulgar valores que atañen al bien del ser humano, individual
o comunitario. Una verdadera ley nunca es vacía o arbitraria, no nace
de la voluntad de quien manda. Eso sería establecer como fuente del
bien y del mal -de los valores- la voluntad humana, justificando toda suerte
de despotismo. Las leyes no son buenas o malas por el que las manda, sino
por lo que manda: no son buenas porque están mandadas, ni malas porque
están prohibidas; sino que porque son buenas están mandadas
y porque son malas están prohibidas.
La ley tiene como base y contenido la realidad, mayormente humana: ella es
portadora de moralidad. Un primer nivel, el más profundo de esa moralidad
es el que llamamos ley natural: “En lo más profundo de su conciencia
descubre el hombre la existencia de una ley que él no se dicta a sí
mismo, pero a la cual debe obedecer, y cuya voz resuena, cuando es necesario,
en los oídos de su corazón, advirtiéndole que debe amar
y practicar el bien y debe evitar el mal: haz esto evita aquello” (Gaudium
et Spes, 16).
Esa ley contiene lo más íntimo de uno mismo, todo lo que uno
es y vale como persona. El valor de esa ley natural es hondo y universal.
Por eso, nos lo podemos exigir unos a otros y todos a uno mismo: nos hace
conscientes y responsables. Esa ley consiste fundamentalmente en amarnos:
reconocer y estimar la dignidad de todos como la de cada uno. La valía
de todos es la misma, la de otros yos, que nos impone la regla de oro: “Lo
que no quieras para ti, no lo quieras para los demás”.
Un segundo nivel de la moralidad humana viene contenido y expuesto en la
ley positiva: leyes civiles. Un nivel más difuso éste, que
requiere, para poder convivir, ser determinado con el máximo de estudio,
experiencia, sabiduría y empeño de todos.
Pero ambos niveles se convierten en ley porque son portadores morales de
la realidad -de su bien y valores- y nadie es libre para hacer lo que le
plazca antes esos valores. La ley -toda ley- es obedecible y lo es en la
medida en que contenga y promulgue un valor.
Tenemos, por tanto, que la ley es anterior a la conciencia, la informa y
es en ella donde se hace consciente, se nos impone como vinculante según
sea el grado de su valor y nos hace responsables cumpliéndola.
La conciencia, lugar consciente y manifestativo de la ley
Precisamente porque la ley, además de originarse en una naturaleza
que es común a todos y singular en cada uno y depende en su receptividad,
desarrollo y formación de una sociedad y cultura determinadas, puede
cobrar acentos y grados diversos.
Habrá, ciertamente, coincidencias básicas en valores los más
importantes y habrá dudas o divergencias en los no tan importantes.
Y de unos y otros tendrá que alimentarse la conciencia y hacia unos
y otros revertirá para aportar avances y enriquecimientos. En ese
trance de receptividad y aportación crítica, la conciencia
puede encontrase en dos situaciones: una, de conocimiento de la realidad
objetiva (sus valores) y en disposición de cumplirla, esto es, conciencia
verdadera; y otra, de conocimiento deficiente o parcial de la realidad, y
en disposición también de cumplirla, esto es, conciencia recta
( sincera, de buena fe), pero errónea.
En este sentido, la conciencia es la norma inmediata (no la última)
de la moralidad, porque busca hacer el bien de acuerdo con la información,
razones y disposiciones que tiene. Al obrar coherentemente, en tanto no disponga
de otras razones que le hagan ver su parcialidad y equivocación, mantiene
su dignidad.
Hay, pues, conciencias verdaderas y conciencias rectas. Toda conciencia verdadera
es recta. Pero no toda conciencia recta es necesariamente verdadera.
Esto quiere decir que toda persona tiene derecho a obrar según su
conciencia recta, pero abierta a la ampliación y corrección
si llega el caso. Por lo que tal derecho le puede venir limitado por la ley
(expresión de los valores objetivos) y por la autoridad legítima
que aprueba, promulga y defiende esa ley.
El proyecto de ley sobre matrimonios homosexuales
El Proyecto de ley sobre matrimonios homosexuales trata de incluir una realidad
personal objetiva que debe ser reconocida y respetada por la sociedad. La
cuestión fundamental está en esto: ¿la homosexualidad
es una enfermedad, una desviación, una perversión o una condición
normal de muchas personas, que les hace vivir con el mismo derecho que a
otras les hace vivir su heterosexualidad? Todo lo demás vendrá
por añadidura. Yo haría esta propuesta: de un lado que se pongan
los que sostienen que la homosexualidad es una desviación, un desorden
moral y, por lo tanto, una perversión a reprimir. De otra, los que
sostienen que es una condición normal y, por lo tanto, una modalidad
diversa de la heterosexualidad, pero legítima. Si lo primero, entiendo
que la homosexualidad se la considere moralmente inadmisible, tanto en sí
misma como en relación con otros de la misma tendencia. Si lo segundo,
habrá de admitirse con normalidad su existencia, tanto en sí
como en relación con los otros. En el fondo, es ese el problema: ¿la
homosexualidad es o no parte de la realidad humana y, por tanto, portadora
de unos valores morales? Quien diga que sí, que lo pruebe; y quien
no, que lo pruebe también.
Para muchos, la homosexualidad es una variante legítima de la sexualidad
humana. Quedan pendientes de estudio y solución qué tipos de
homosexualidad pueden ser auténticos o no antropológica y éticamente
hablando, como quedan pendientes qué tipos de heterosexualidad lo
son también antropológica y éticamente. Ni científicamente,
ni ética ni teológicamente puede demostrarse que el contenido
de la sexualidad humana es únicamente el heterosexual. Históricamente
la relación y matrimonio heterosexual han podido ser el dominante,
pero ello no autoriza a erigirlo en modelo único y obligatorio para
todos.
Como criterio de discernimiento fijaría este: la sexualidad humana,
incluso la heterosexual, no tiene su razón de ser en la procreación,
sino en la fusión y complementariedad de la pareja para un proyecto
de vida en común, que conlleva la potencialidad de ser fecunda como
consecuencia de su amor. Pero esa potencialidad puede quedar sin actuar,
por diversas razones y, no obstante, la pareja sigue teniendo plena razón
de ser: “La comunidad matrimonial heterosexual, dice el Concilio Vaticano
II, es una comunidad íntima de vida y de amor” (GS, 50). No, pues,
un contrato para procrear, como se decía en el código de Derecho
Canónico. Del mismo modo, un proyecto de unión homosexual es
una comunidad íntima de vida y amor, actuable desde las condiciones
básicas de un amor interpersonal, sin posibilidad, obviamente, de
paternidad o maternidad biológicas. Pero hay algo que identifica en
una misma dignidad a ambos proyectos y es que no se ordenan a la procreación,
sino a una vida en común, que en el heterosexual se acompaña
generalmente de fecundidad biológica y en el homosexual de otro tipo
de fecundidad.
El Gobierno actual ha aprobado un proyecto de Ley que equipara a los matrimonios
homosexuales con los heterosexuales, sin pretender con ello desestimar, rebajar
o dañar la naturaleza y dignidad del matrimonio heterosexual. El ahora
denominado matrimonio homosexual no responde ciertamente a lo que histórica
y culturalmente entendíamos por matrimonio. Pero es que, desde los
presupuestos y mentalidad anteriores, era impensable esta equiparación
bajo ningún aspecto. Simplemente porque se descartaba de raíz
la simple posibilidad de plantear como válida la homosexualidad y
su relación de pareja. No había lugar, por más que existieran
los homosexuales y se relacionaran de hecho.
La realidad se ha impuesto y se impondrá cada vez más porque
ya la cultura de hoy hace imposible seguir con los prejuicios, errores y
vejaciones acumuladas en el pasado. Las ciencias declaran como normal la
condición homosexual, el Consejo de Europa insta a los Gobiernos a
suprimir cualquier tipo de discriminación en razón de la tendencia
sexual y la Constitución Española declara que “los españoles
son iguales ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna
por razón de sexo” (Art. 14). Es, por tanto, una mejor percepción
de la realidad la que nos obliga no a renegar del matrimonio heterosexual
sino a reconocer y dar forma jurídica al hecho objetivo de las parejas
homosexuales. Pretender seguir como antes, equivaldría a continuar
de espaldas a la realidad, tildándola de nefanda e intolerable social,
ética y legalmente.
Necesitamos, pues, leyes que acojan y defiendan los valores de la realidad,
leyes que lo sean de verdad, que no nos compriman a decir que no hay ley
que esté sobre la persona o que vaya contra ella, porque esto ha ocurrido
en la historia: leyes discriminatorias o falsas que se han sobrepuesto a
la ley fundamental del respeto a la persona y cuyo bien y dignidad han menoscabado
concepciones antropológicas, filosóficas y religiosas, desfasadas
o falsas.
En el nuevo Proyecto se impone el respeto a toda persona, a su opción
y programa de vida, individual o en pareja, según ella vea y decida.
El poder político se propone asegurar la protección social,
económica y jurídica de las personas, cualesquiera que sean
sus condiciones de clase, raza, color, sexo, religión o ideología.
Sólo quien siga pensando en la homosexualidad como algo pernicioso
y detestable se opondrá.
Los católicos y su objeción de conciencia a la nueva
ley
La modernidad nos ha traído la posibilidad de vivir en una sociedad
laica y democrática. Ningún católico, que yo sepa, deja
de ser laico y demócrata por el hecho de ser católico. Y acepta
gustoso que, en nuestro país, las leyes de la convivencia sean elaboradas
y aprobadas por las Cortes Generales. Y, en concreto, participa con todo
derecho en el proceso preparatorio de tal o cual ley y se adhiere a aquellas
que le parezcan más razonables y convincentes. Y democráticamente
se aprueban, con el consentimiento de la mayoría, aun cuando haya
grupos y planteamientos que puedan sostener puntos de vista diferentes. Es
la norma del quehacer democrático.
Por lo común las leyes, en una sociedad moderna y democrática,
son expresión de la voluntad de los ciudadanos, los cuales en debate
público han expuesto sus razones y han logrado asentimiento mayoritario.
Y, una vez aprobadas, esas leyes salen con el aval de corresponder a los
anhelos de la realidad que expresan y respaldan. Por lo general los católicos,
también ciudadanos, participan en esas leyes y les dan su respaldo.
Sobre esta ley en concreto, se han disparado alarmas y no dejan de sonar
avisos y constricciones de ciertos miembros de la jerarquía católica
para que los católicos practiquen la objeción de conciencia
o se hagan notar por la desobediencia civil. Como católico, considero
oportuno ofrecer algunas pautas que pueden ayudar a comportarse católicamente.
1. La Iglesia no es la jerarquía y su voz no es la única válida
e importante en la Iglesia.
2. Hay cuestiones, y esta es una de ellas, donde la Iglesia no puede ofrecer
una respuesta propia, sacada de la doctrina o revelación del Nuevo
Testamento. No encontramos en él ningún código de moral
que regule la conducta homosexual de los católicos. Lo escribe taxativamente
el gran teólogo Schillebeekx: “En lo que respecta a la homosexualidad
no existe una ética cristiana. Es un problema humano, que debe ser
resuelto de forma humana. No hay normas específicamente cristianas
para juzgar la homosexualidad” (Soy un teólogo feliz, Madrid, 1994,
p. 124).
3. Por tanto, no es ajustado que dirigentes eclesiásticos pretendan
ejercer influjo temeroso sobre los fieles recordándoles que sobre
este punto existe una doctrina católica particular que están
obligados a seguir y, en virtud de la cual, pueden y deben hacer objeción
de conciencia. No es ese el sentir de muchos fieles, científicos,
teólogos y moralistas de la Iglesia.
4. Cualquier católico puede ejercer objeción de conciencia
contra esta ley, si así está personalmente convencido, pero
otra cosa es presentar la propia opinión como opinión general
de la Iglesia. Y, en este sentido, los dirigentes eclesiásticos tienen
obligación de decir que su opinión personal no es opinión
general ni única en la Iglesia, ni vinculante para los católicos:
“In dubiis libertas: en las cosas dudosas, libertad”.
5. Creo que, tratándose de una ley democrática, de un Estado
de Derecho, es un despropósito afirmar que la conciencia está
por encima de esta ley y que no debe obedecerse bajo riesgo de encaminarnos
hacia Auschwitz. Y podríamos exigir, por lo menos, que obispos y cardenales
hubieran apelado a ella en otras circunstancias mucho más graves.
Me refiero a la guerra de Irak. Se trataba de una guerra pactada y compartida
por el Gobierno de Aznar, de una guerra popularmente repudiada, internacionalmente
condenada como injusta, inmoral e ilegal y que el Papa Juan Pablo II condenó
inequívocamente. La opinión pública hubiera visto con
gozo que esos obispos y cardenales hubieran animado entonces a los soldados
a hacer objeción de conciencia y negarse a cumplir el servicio militar.
No lo hicieron, a pesar de que más del 90% de la población
española gritaba en las calles su interior objeción de conciencia.
Aunque tarde, hubieran expiado su inhibición y silencio si posteriormente
hubieran aplaudido la decisión del actual presidente Zapatero de retirar
de inmediato las tropas españolas de aquella guerra.
Algo, todo esto, que es sintomático y resta credibilidad cuando
se reclama la objeción de conciencia para cuestiones no inmorales,
sino adecuadas a un contenido de ley justa y defendibles en recta y veraz
conciencia.